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La insignia
16 de enero del 2007


Perú

La verdad de las mentiras:
La sentencia del penal Castro Castro


Julissa Mantilla Falcón (*)
La Insignia. Perú, enero del 2007.


En las últimas semanas, el debate público ha estado centrado en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la matanza ocurrida en el Penal Castro Castro en mayo de 1992. Empezando por el presidente Alan García, el gobierno peruano ha manifestado su absoluto rechazo a esta sentencia y al pago de las reparaciones ordenadas por la CIDH.

Ahora bien, esta posición de rechazo se ha manifestado en una serie de declaraciones públicas erróneas e inexactas no sólo en relación a la sentencia, sino al sistema interamericano y el Derecho internacional en general, tal como se verá a continuación.

En primer lugar, se ha dicho que este gobierno no puede asumir los delitos cometidos por Alberto Fujimori, quien fuera jefe de Estado cuando se produjeron los hechos. Una afirmación de este tipo desconoce el principio de continuidad del Estado, mediante el cual la responsabilidad subsiste con independencia de los cambios de gobierno en el transcurso del tiempo y, concretamente, "entre el momento en que se comete el hecho ilícito que genera la responsabilidad y aquél en que ella es declarada", como ha señalado la propia Corte en el caso Velásquez Rodríguez.

En segundo lugar, el gobierno sostiene que la Corte ha pedido que se realice un "homenaje a los senderistas" muertos en el penal. Ahora bien, si se lee la sentencia, ésta no menciona la palabra "homenaje" en ningún momento. Lo que se dice es que el Estado debe realizar una ceremonia pública donde reconozca su responsabilidad internacional "en relación con las violaciones declaradas en esta sentencia en desagravio a las víctimas y para satisfacción de sus familiares". En este punto, hay que ser claros. Los hechos en el penal Castro Castro no se pueden negar. Los protocolos de necropsia demuestran que se cometieron ejecuciones extrajudiciales, las cuales constituyen una violación de derechos humanos y generan, por ende, responsabilidad estatal. Una ceremonia de desagravio no es un homenaje al senderismo. Es simplemente el reconocimiento de que el Estado se equivocó y que -marcando una diferencia abismal con los grupos terroristas- la violencia y los delincuentes no pueden ser avalados por ninguna política estatal.

En tercer lugar, se propone plantearle a la CIDH la nulidad del allanamiento parcial del Estado en el caso Castro Castro, señalándose que al no haber antecedentes similares en otros casos, se generaría un nuevo precedente internacional. Efectivamente, no hay precedentes en esta materia. Y no los hay porque es absurdo que el Estado pretenda desconocer sus propios actos más aun luego de que una sentencia condenatoria ha sido emitida. Como lo señaló la CIDH en el caso de Pedro Huilca, cuando el Estado peruano pretendió desconocer un acuerdo sobre reparaciones firmado por el agente estatal previamente a la sentencia, "las razones o prácticas de orden interno no justifican el actuar internacional de un Estado". Asimismo, la Corte consideró que "un Estado que ha tomado una determinada posición, la cual produce efectos jurídicos, no puede luego, en virtud del principio del estoppel, asumir otra conducta que sea contradictoria con la primera".

Como se ha visto en estos pocos puntos, la ignorancia y la manipulación de la información rodean este caso. Si a esto se suma la solitaria propuesta presidencial de establecer la pena de muerte, podría pensarse que se está utilizando el caso Castro Castro como una excusa para la retirada del Perú del Sistema Interamericano, pretensión que recuerda el fallido intento de Alberto Fujimori en 1999. En ese momento, Fujimori trataba de evadir la condena de la CIDH en casos como el Barrios Altos, por ejemplo.

¿Será que la probable sentencia condenatoria sobre las muertes de Saúl Cantoral y Consuelo García le quite el sueño al gobierno actual? Como se sabe, ambos casos se atribuyen al Comando Rodrigo Franco, grupo paramilitar que operó durante el primer gobierno de Alan García. Sólo así se podría entender la desproporcionada reacción del gobierno ante la sentencia Castro Castro, más aún cuando el Estado siguió participando activamente en el proceso después de la elección de García. Efectivamente, en agosto del 2006 el Estado presentó sus alegatos finales escritos y en septiembre del 2006, el Estado remitió a la Corte prueba superviniente en relación a la instrucción que se había iniciado contra Alberto Fujimori a nivel interno sobre este caso. Es decir, el gobierno actual conocía del allanamiento parcial y del proceso desde antes de la sentencia y no realizó ninguna acción al respecto, sino que esperó la condena para reaccionar como lo ha hecho.

Estas contradicciones son preocupantes y parecen enmarcarse en una tendencia gubernamental de desconocimiento de los derechos humanos por parte del gobierno de turno. La denominada "ley anti ONG", las propuestas para la ampliación de los supuestos de pena de muerte y el desconocimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, son una lamentable muestra de ello.

Este podría ser el momento en que un verdadero estadista asumiera el liderazgo de la nación en el reconocimiento de las responsabilidades y el camino hacia la justicia, porque la sangre no se lava con más sangre ni las heridas se cierran con más muerte. Lamentablemente, y sea cual sea la posición final del Estado, lo que queda claro es que el Perú está todavía muy lejos de una reconciliación.


(*) Julissa Mantilla Falcón. Abogada. Red Latinoamericana de Académicas del Derecho.



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