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La insignia
23 de noviembre del 2006


ONU

Moción de inacción


Amnistía Internacional, noviembre del 2006.



Amnistía Internacional deplora la decisión tomada hoy, 20 de noviembre, por 74 Estados miembros de la ONU de emprender acciones de procedimiento para impedir que la Tercera Comisión de la Asamblea General de la ONU cumpla con su responsabilidad de abordar situaciones de derechos humanos de países específicos. En la votación sobre esta moción, 69 miembros votaron en contra y 24 se abstuvieron. Amnistía Internacional se opone a todas las "mociones de no acción" por cuestión de principios, ya que prohíben a la Comisión examinar las acciones específicas emprendidas por los países para mejorar los derechos humanos: una de las herramientas más importantes de que dispone la Comisión.

Amnistía Internacional lamenta profundamente la adopción de una "moción de no acción" respecto a la propuesta de resolución sobre Uzbekistán, ya que ha impedido que la Tercera Comisión actúe para mejorar la grave situación de los derechos humanos en este país, en el que las voces críticas independientes se han visto acalladas cada vez con más intensidad por el gobierno. Azerbaiyán y China se pronunciaron en apoyo de esta moción, mientras que Finlandia y Canadá se opusieron.

Amnistía Internacional reitera su llamamiento a todos los Estados miembros de la ONU para que consideren todas las propuestas relativas a las situaciones de país en función de sus méritos, independientemente de consideraciones políticas. Al decidir sobre las cuestiones de país que se les presentan, la organización insta a los Estados miembros a tener en cuenta la gravedad de la situación de los derechos humanos en el país en cuestión, la receptividad del gobierno ante las recomendaciones de los mecanismos de derechos humanos de la ONU y las estructuras que el país ha establecido para proteger los derechos humanos y hacer que se rindan cuentas de los abusos.

El enfoque adoptado en el pasado por la Asamblea General respecto a las situaciones de país ha sido selectivo, y graves violaciones de derechos humanos cometidas en países poderosos han eludido el escrutinio público. Sin embargo, las "mociones de no acción" no son una respuesta adecuada o efectiva a ese enfoque selectivo. Es más, la Asamblea General tiene ahora la oportunidad de hacer frente a las acusaciones de visión selectiva actuando sobre una nueva propuesta para abordar un importante problema de derechos humanos que se ha descuidado durante demasiado tiempo: una propuesta específica para abordar la práctica de detenciones secretas y traslados ilegales en las operaciones contra el terrorismo. En esta práctica están implicados países de al menos cuatro continentes; entre ellos, Estados Unidos de América. Debe adoptarse el texto más enérgico posible.


Información complementaria

Ningún país tiene un historial perfecto de derechos humanos, y ninguno debe quedar apartado del escrutinio público. La adopción de una moción para aplazar el debate sobre un país -lo que se conoce como "moción de no acción"-, en virtud de la regla 116 de las Reglas de Procedimiento de la Asamblea General, detiene el debate sobre la situación de los derechos humanos en ese país e impide que la Tercera Comisión de la Asamblea General, encargada de cuestiones de derechos humanos, emprenda acciones específicas para promover y fomentar el respeto por los derechos humanos, uno de los Propósitos y Principios de la Carta de las Naciones Unidas. Amnistía Internacional, por consiguiente, se opone por principio a todas las "mociones de no acción" sobre situaciones de país.

Este año, la Tercera Comisión de la Asamblea General adoptó una resolución sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte) con 91 votos a favor, 21 en contra y 60 abstenciones. Además, la Tercera Comisión todavía tiene que examinar las propuestas de resolución relativas a la situación de los derechos humanos en Bielorrusia (presentada por Estados Unidos de América), Canadá (presentada por Irán), Irán (presentada por Canadá), Myanmar (presentada por la Unión Europea) y Estados Unidos de América (presentada por Bielorrusia).

El año pasado, la Asamblea General examinó peticiones de "mociones de no acción" sobre cinco de las siete situaciones de país que se le habían presentado: Irán ("moción de no acción" presentada por Irán, rechazada por 70 - 77 - 23; resolución sobre Irán aprobada a continuación por 77 - 51 -46); Myanmar ("moción de no acción" presentada por Myanmar, rechazada por 54 - 77 - 35; resolución sobre Myanmar aprobada a continuación por consenso); Sudán ("moción de no acción" presentada por Nigeria, aprobada por 84 - 79 - 12 [la diferencia a favor, de cinco votos, experimentó una notable reducción frente a la diferencia de 25 votos del año anterior, cuando la moción se aprobó por 92 - 67 - 12]; por lo tanto, la propuesta de resolución no se examinó); Turkmenistán ("moción de no acción" presentada por Turkmenistán, rechazada por 64 - 70 - 26; resolución sobre Turkmenistán aprobada a continuación por 70 - 38 - 58); y Uzbekistán ("moción de no acción" presentada por Uzbekistán, rechazada por 65 - 75 - 28; resolución sobre Uzbekistán aprobada a continuación por 73 - 38 - 58). No hubo "moción de no acción" sobre Corea del Norte, y la resolución sobre este país se aprobó por 84 - 22 - 62. También se aprobó la resolución sobre la República Democrática del Congo. La Tercera Comisión recurrió por primera vez al mecanismo procedimental de la "moción de no acción" en su 59 periodo ordinario de sesiones, en 2004.



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