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16 de marzo del 2006 |
Ecuatorianos en España (IV)
Edición para Internet: La Insignia, marzo del 2006.
Del libro La migración ecuatoriana
Aproximaciones al análisis de la movilidad ocupacional
Las estadísticas de altas laborales en la Seguridad Social nos permiten conocer si los trabajadores han tenido una o más altas (empleos) a lo largo de su trayectoria. Para el caso de los ecuatorianos, el 15% sólo ha tenido una ocupación regularizada en España; en cambio, el 85% tiene dos o más altas, lo que significa que ha tenido empleos temporales, sea en la misma o en distinta ocupación. Esta fuente nos informa sólo de las características del alta inicial (en el momento de la primera afiliación) y de la actual, por tanto, podemos analizar la movilidad -geográfica y ocupacional- sólo en términos de origen y destino final, pero no de los posibles tránsitos intermedios. Veamos qué cambios han registrado el 85% de los migrantes empleados de forma regular en enero de 2004 (14). Desde el punto de vista ocupacional, podemos comparar los desplazamientos entre regímenes de cotización. En relación al momento inicial, se comprueba que el Régimen General es el que más retiene a los ocupados: el 87% continúa cotizando en el mismo (el 90% de los hombres pero sólo el 78% de las mujeres). En cambio, apenas la mitad (54%) de los que empezaron a cotizar en el Régimen Especial Agrario continúan en él (el 68% de los hombres y el 49% de las mujeres). El éxodo es bastante mayor entre quienes comenzaron cotizando en el Régimen Especial de Empleados de Hogar: sólo permanece el 30% (el 33% de las mujeres y el 7% de los hombres). El Régimen de Trabajadores Autónomos, muy poco extendido entre los ecuatorianos, mantiene a la mitad de sus afiliados iniciales (53%; mujeres: 56%- hombres: 46%). Estos datos nos permiten establecer algunas conclusiones. En primer lugar, que los empleos en el servicio doméstico -principalmente- y en la agricultura -de forma más moderada- se configuran como "puertas de entrada" circunstancial para una parte importante de la mano de obra. De un stock inicial de 18.700 empleados en servicio doméstico salieron 11.200 mujeres y 1.800 hombres. Los 14.700 ocupados inicialmente en la agricultura, disminuyeron en 5.300 hombres y 1.350 mujeres. Por lo demás, el servicio doméstico retiene más a las mujeres y la agricultura a los hombres. Sin embargo, estos flujos no son de dirección única. Aunque porcentualmente no son muchos los que abandonaron el Régimen General (el 15% de los inicialmente ocupados en él), los valores absolutos sí son significativos: casi 8.000 personas (hombres y mujeres en proporción similar) que actualmente trabajan en otros sectores: 5.200 en la agricultura, 2.000 en servicio doméstico y 650 como trabajadores autónomos. Las cifras de la siguiente tabla nos permiten valorar la importancia de la movilidad en ambos sentidos.
Vemos que el cambio desde el servicio doméstico hacia el régimen general es casi diez veces mayor que el que se registra en sentido inverso. En cambio, los flujos entre empleos agrícolas y del régimen general tienen una magnitud más cercana a la equivalencia, aunque con diferencias según el género: los hombres van más desde el campo a la ciudad en tanto que las mujeres han hecho más a menudo el trayecto opuesto. Existe también movilidad entre empleo doméstico y agrícola pero de una intensidad mucho menor: para ambos sexos, lo más habitual es el cambio desde el primero hacia el segundo ámbito (ciudad-campo). A falta de información más pormenorizada, podemos concluir que el régimen general (empleos asalariados no agrícolas ni servicio doméstico) retiene a la mayor proporción de ecuatorianos ocupados y, además, atrae a un segmento significativo de quienes comenzaron trabajando en el servicio doméstico (flujo de empleo urbano desde los hogares hacia las empresas). Sin embargo, sería necesario establecer en qué medida se trata de movilidad ocupacional o de cambios puramente administrativos (15). También podemos tener una aproximación a la movilidad geográfica de los trabajadores ecuatorianos. En este caso, comparamos las provincias del alta inicial y del empleo actual. Las que más retienen a los trabajadores procedentes de Ecuador son Barcelona y Valencia (por encima del 90%), además de Navarra y Baleares, aunque este último caso se ve favorecido por su carácter insular. El mayor porcentaje de salidas se registra en Almería, el 27% trabaja actualmente en otra provincia, especialmente en Murcia, pero también en Madrid, Barcelona, Valencia y Alicante. También destacan las salidas desde Murcia (el 18%, particularmente hacia Alicante y Madrid) y desde Alicante (18%, en primer lugar hacia Murcia y Valencia). Sabemos que la provincia de Madrid es el espacio preferente de asentamiento de ecuatorianos, y también un punto a partir del cual se expande el asentamiento de esta población. Aunque el 13% de los inicialmente ocupados ha salido de dicha región, los puntos de destino están dispersos por todo el territorio nacional (sólo Murcia se destaca ligeramente). En resumen -y recordando la parcialidad de los datos de referencia, que excluyen a los ocupados de forma irregular-, se identifican dos tipos principales de movimiento: uno de dispersión a partir de Madrid, y otro de circulación entre las provincias del área sudeste de la península (Murcia, Alicante, Valencia y, en menor medida, Almería). Esta última pauta se registra principalmente en el empleo agrario (16). El desempleo: una situación poco conocida Habida cuenta de la importante incidencia del desempleo en los mercados laborales de España, resulta fundamental conocer cuál es su incidencia entre los distintos grupos inmigrantes. Sin embargo, hasta la fecha sólo contamos con una aproximación parcial y deficiente, debido a los problemas de cobertura de la EPA; para obviar algunos de estos problemas podemos recurrir a los datos aportados por el censo de 2001, aunque conviene tener presente que en esa fecha la inmigración registrada era aproximadamente de la mitad del volumen actual. Los datos indican que existen situaciones específicas en función del sexo. En el caso de los hombres, todos los grupos inmigrantes presentan tasas de paro superiores a los españoles (10,8%) y los latinoamericanos tienen niveles elevados (16,5%) sólo superados por los africanos (17,3%). En cambio, la tasa de paro (17) de las extranjeras es sólo levemente superior a la de las españolas (19,4% y 18,7%, respectivamente), mientras que la de las latinoamericanas es inferior (18,1%). Además, el desempleo femenino es más alto entre las mujeres que entre los varones de todos los grupos. Sin embargo, las latinoamericanas encuentran más oportunidades que las españolas, mientras que los latinoamericanos se ven más abocados al desempleo que los trabajadores autóctonos. Estas diferencias parecen remitir a la relativa "facilidad" que existe para colocarse en el servicio doméstico, ocupación tradicionalmente asignada a las mujeres. El sistema de protección a los desempleados vigente en España, adjudica a los trabajadores el derecho a recibir prestaciones económicas en función del tiempo durante el que cotizaron como trabajadores (seguro de desempleo) o de otras circunstancias personales (mujeres cabeza de familia, desempleados m a yo res de cierta edad, etc.: subsidio de desempleo). Según datos de la administración laboral, durante 2003 los trabajadores latinoamericanos fuero n los menos favo recidos por estas prestaciones económicas: el 71,5% de los demandantes de empleo no percibió ninguna. Los ecuatorianos se acercaban a este valor promedio (70,6%), bastante por encima de los europeos no comunitarios (64,9%), africanos (63,2%), asiáticos (62,3%) y europeos comunitarios (60,3%). Esta peor situación comparativa puede explicarse, en parte , por un recorrido temporal más bre ve en el mercado laboral español (menos antigüedad en el empleo, menos tiempo de cotización, menos derecho a prestaciones). Si ésta fuera la única causa, con el correr del tiempo mejorarían los porcentajes de perc e p t o res de prestación económica. Pe ro no existen o t ros argumentos para afirmar que ésta vaya a ser la tendencia futura. En resumen: en los flujos migratorios recientes, caracterizados por fuertes índices de irregularidad, destacan latinoamericanos (en primer lugar los ecuatorianos) y europeos del Este. Estos grupos se han instalado en los sectores "tradicionales" de ocupación de inmigrantes, caracterizados estructuralmente por el predominio de empleos menos calificados y peor retribuidos. No obstante su mayor precariedad jurídica, estos inmigrantes han conseguido una inserción ocupacional mejor que la de los trabajadores africanos, que tienen más antigüedad en estos mercados de trabajo. Esta mejor situación comparativa puede estar apoyada en la movilidad ocupacional desde el servicio doméstico hacia otros empleos asalariados urbanos, y en una cierta circulación entre éstos y las ocupaciones agrarias. Sin embargo, ésta puede ser una conclusión precipitada, puesto que se basa sólo en la situación de los trabajadores que cuentan con un empleo regular. Puesto que la irregularidad es mayor entre ecuatorianos y europeos no comunitarios, no es improbable que los empleos de los trabajadores "invisibles" sean peores que los de los africanos; en ese caso, la tendencia apuntada sería sólo un efecto de la deformación operada por las fuentes estadísticas. Por otra parte, respecto a la mano de obra autóctona, la mayor calificación educativa general de los trabajadores inmigrantes (a excepción de los africanos) le ha impedido conseguir una mejor inserción laboral. Para los que han llegado recientemente, cabe la posibilidad de que su inserción precaria sea una etapa transitoria; sin embargo, para importantes segmentos de quienes han inmigrado hace 5 ó 10 años parecen consolidarse ciertas tendencias de segmentación étnica. Son varios los factores que pueden inclinar el proceso en una u otra dirección; uno de los más significativos es el tipo de regulación estatal que se desarrolle en España. La regulación estatal de la emigración laboral en España La política de inmigración española se inauguró en 1985 con la primera "Ley de Extranjería". Desde entonces, la entrada regular de trabajadores extra comunitarios (de países ajenos a la Unión Europea) queda subordinada a la "situación nacional de empleo". Según esta fórmula, sólo se otorgarán permisos de trabajo para empleos que no puedan ser cubiertos por la mano de obra autóctona o, en su defecto, por los extranjeros ya radicados en el país. En resumen, las leyes sólo contemplan la llegada de inmigrantes en la medida en que sean necesarios para cubrir los "huecos" que deje la fuerza de trabajo radicada en el país; utilizando una antigua terminología, los ciudadanos de terceros países son contemplados como un ejército de reserva laboral, movilizable sólo en la medida y en el momento que se lo requiera. Desde 1993, con la puesta en marcha de los contingentes laborales anuales, se inició la pretensión de contratar a los trabajadores directamente en los países de origen, con el fin de desincentivar los desplazamientos irregulares, e indicar que la única vía de acceso al empleo regular (y a "los papeles") pasaba por realizar los trámites oportunos ante los consulados españoles. Como es sabido, la utilización de este método como canalización de nuevos flujos migratorios ha sido poco utilizada. Además, desde el año 1997 quedó prácticamente cerrada la posibilidad de obtener permisos de trabajo a través del llamado "régimen general", según el cual los inmigrantes irregulares podían ser regularizados con una oferta laboral. Así, en la práctica las vías de inmigración laboral regular quedaron drásticamente limitadas; como consecuencia, la continua llegada de nuevos flujos migratorios se tradujo en un incremento sin precedentes de inmigrantes "sin papeles", circunstancia que ha sido reseñada al comienzo de este artículo. Como hemos visto, las tasas de desempleo de las mujeres latinoamericanas son inferiores a las de las españolas, y las de los hombres, aunque superiores, no indican que el desempleo sea una circunstancia que afecte muy especialmente a estos trabajadores. Por tanto, la mayor parte de los recién llegados ocupa empleos no declarados, en la economía informal o sumergida. Ésta, también lo hemos señalado, constituye uno de los rasgos destacados de la estructura ocupacional española. Precisamente por su carácter informal es imposible que sus demandas de empleo puedan canalizarse a través de los mecanismos formales previstos por la legislación migratoria. En definitiva, la política migratoria ha reducido las opciones para contratar legalmente a inmigrantes, mientras que la demanda ha crecido en los mercados de trabajo, tanto para empleos regulares como para otros en la economía sumergida. Con la asunción del nuevo gobierno español en mayo de 2004, se anuncia una reorientación de la política migratoria, que pretende legitimarse en función de la consulta y el apoyo de una serie de agentes sociales, entre ellos, las cámaras empresariales y los sindicatos mayoritarios. ¿En qué consiste la novedad de esta política? Más allá del método, más abierto al diálogo fuera del ámbito gubernamental, los contenidos básicos no se modifican: el gobierno ha aprobado en diciembre, un nuevo reglamento de la legislación de extranjería, es decir, mantiene la ley aprobada en 2003 durante el gobierno del Partido Popular (18). La "situación nacional de empleo" sigue siendo el criterio básico de admisión de nuevos trabajadores inmigrantes y los contingentes anuales y los permisos para trabajos de temporada sus formas básicas de acceso. Toda la política se construye en torno a un concepto utilitarista: la inmigración reducida a su papel de suministrador, más o menos eventual, de mano de obra, en función de las "necesidades del mercado". De forma sintética: no hay regularización sin contrato. Sin embargo, anuncia algunas novedades que pueden mejorar la situación de miles de trabajadores indocumentados. En cuanto al mundo del trabajo se diseñan dos grandes líneas de actuación. Por una parte, la gestión de las nuevas entradas sigue encomendada a los contingentes laborales y permisos de temporada, aunque se anuncia la reapertura de la vía del régimen general. Por otra, para los trabajadores en situación irregular que ya se encuentran en España, se ofrecen dos procedimientos, uno coyuntural (la "normalización" laboral) y otro de carácter permanente (el arraigo laboral). De esta manera, las autoridades vienen a reconocer que no es posible regular enteramente los flujos de inmigración laboral a través de mecanismos de entrada regularizados, que continuarán existiendo flujos irregulares y para éstos deben establecerse mecanismos de regularización. Veamos cuáles son sus alcances. El proceso de "normalización laboral" se abre sólo por un plazo de tres meses. Tienen derecho a éste los inmigrantes empadronados en el país con fecha anterior a julio de 2004, que carezcan de antecedentes penales y cuenten con un contrato de trabajo (con duración mínima de seis meses -19-) que debe ser presentado a las autoridades por los empleadores. En caso de obtenerse el correspondiente permiso, éste no será efectivo si en el plazo de un mes el trabajador no es dado de alta en la seguridad social. Por tanto, esta vía depende enteramente de la parte empresarial (que debe querer y/o poder ofrecer un contrato en regla y, además, estar dispuesta a acudir ante las autoridades para realizar el trámite y demostrar tener recursos suficientes y estar al día de sus obligaciones fiscales). En definitiva, no se trata de una regularización de inmigrantes indocumentados sino del intento de afloración de puestos de trabajo no declarados. La vía del "arraigo laboral" deja una puerta abierta para la regularización de los trabajadores que puedan demostrar al menos dos años de permanencia en el país y uno de relación laboral. En este caso, parece darse por descontada la no colaboración del empresario, puesto que las pruebas válidas han de ser una resolución judicial o el acta definitiva de una inspección de trabajo. Por tanto, los trabajadores deberán denunciar la situación, exponiéndose a las represalias del empleador. La filosofía subyacente a este conjunto de medidas parece ser la siguiente: los empleos no declarados son un "mal" atribuible a prácticas incorrectas (de los empresarios pero también de la administración que ha cerrado vías de regularización). Ahora el gobierno abre cauces y llama a los empresarios a tener una "actitud correcta". Pasado el breve periodo de "normalización" se entiende que la persistencia de empleo irregular obedecerá al deseo de fraude o de explotación de los empresarios. Es decir, el empleo irregular queda desprovisto de todo carácter estructural en ciertos segmentos de la economía, y pasa a ser atribuido plenamente a fallos éticos o morales de los empresarios. Bajo estos supuestos, cabe prever que algunos de los resultados de esta "nueva política" serán los siguientes: - Regularización del segmento de inmigrantes que pueda acceder a un contrato de trabajo (normalización) o a demostrar posteriormente su arraigo laboral. Puesto que sólo se exigen contratos de duración temporal y la iniciativa del trámite queda en manos de la parte empresarial, el éxito de esta medida está en función de los réditos previsibles para los empleadores (desde eludir problemas de inspección laboral, hasta obtener dinero a cambio de "vender" contratos a los trabajadores). - Subsistencia de un sector de inmigrantes "sin papeles", sea los que no pueden acogerse a la inminente "normalización" o los que continúen llegando. - Tanto para quienes pueden regularizarse como para quienes permanezcan "sin papeles" se mantiene una acusada dependencia de los trabajadores respecto a los empleadores (en su mayor parte en segmentos de empleo precario). - Queda por ver qué criterios predominarán cuando llegue el momento de renovar los permisos iniciales de trabajo (al año de su vigencia), en el caso de que los trabajadores no hubiesen podido mantener su empleo. ¿El derecho de permanencia regular se vinculará al empleo o perdurará en caso de desempleo? Para (no) concluir… Cualquier conclusión que quiera extraerse de los argumentos desarrollados hasta aquí, debe resultar forzosamente provisional. A ello contribuyen tanto las limitaciones de las fuentes disponibles como el escaso recorrido temporal de la inmigración ecuatoriana en España. Además, aunque contáramos con estadísticas completas y actualizadas sigue pendiente la realización de una investigación rigurosa acerca de las trayectorias y diversas modalidades de inserción laboral de esta inmigración, atendiendo a las diferencias atribuibles a distintas variables (como el sexo, la edad, la antigüedad en España, la zona de residencia, los vínculos familiares, etc. -20-). A pesar de las limitaciones señaladas, podemos indicar algunas cuestiones significativas. a) La "nueva política" migratoria española perpetúa contextos, legislativos y socioeconómicos, que colocan a los trabajadores inmigrantes en posición de subordinación estructural. b) Dentro de dichos contextos, se abre la posibilidad de mejorar las condiciones administrativas de buena parte de los trabajadores ecuatorianos, uno de los grupos más afectados por la irregularidad. c) No está claro en qué medida el acceso a "los papeles" pueda incrementar las posibilidades de promoción ocupacional. Por el momento, resulta difícil establecer en qué medida su actual situación (sólo mejor que la de los trabajadores africanos) responde una fase de asentamiento inicial o es una tendencia de mayor calado. d) En todo caso, dada la calidad del empleo dominante en las ramas en la que más implantados se encuentran, puede decirse que las mayores opciones de promoción sociolaboral pasan por la salida hacia otras ramas de actividad, posibilidad que hasta la fecha se ha visto bastante restringida para el conjunto de los no comunitarios. Dichos antecedentes no invitan a un especial optimismo. e) Al margen de las condiciones de trabajo, la mejora de la situación administrativa supondrá un mayor acceso a derechos sociales (seguro de desempleo, cursos de formación, etc.) para los nuevos regularizados, circunstancia que contribuirá a reforzar la situación social general de la comunidad ecuatoriana radicada en España. f ) A corto plazo, esta "integración subordinada" en la estructura de empleo española no es contradictoria con la vivencia de mejora económica respecto a la situación al salir de Ecuador y con la continuidad del flujo de remesas (siempre que el acceso a "los papeles" no desencadene un proceso masivo de reunificación familiar en España). Vista "desde Ecuador", la situación de los trabajadores emigrados aporta ventajas comparativas; vista "desde España", indica subordinación social y exclusión política. Entre los inmigrantes y sus familias predomina el primer punto de vista, que hace "aceptable" la actual situación. Pero en un plazo no muy prolongado, segmentos crecientes de los inmigrantes se plantearán su futuro viéndolo "desde España", y en ese sentido, las puertas, si no del todo cerradas, parecen estar apenas entreabiertas. g) Aunque la situación social en Ecuador no empeore, o incluso registre una mejoría moderada, la mayor estabilidad que promoverán estas medidas asegura la consolidación de la diáspora trasnacional de la población ecuatoriana, para la que España es ya uno de sus espacios preferidos de reproducción. Las opciones de retorno se mantendrán congeladas, con tendencia a disminuir a corto y medio plazos.
Notas
(14) Los datos de este apartado proceden de una explotación específica de la información de Tesorería
de la Seguridad Social realizada por el Observatorio Permanente de la Inmigración (OPI).
Bibliografía
Banco de España (2004). Encuesta financiera de las familias. Descripción, mé -
todos y resultados preliminares, en: |
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