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La insignia
24 de septiembre del 2005


México

La Corte Suprema elimina la figura del arraigo


Amnistía Internacional, septiembre del 2005.



Amnistía Internacional acoge con satisfacción la resolución tomada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la que se declara inconstitucional la figura del arraigo en el Código Penal del Estado de Chihuahua, que es una forma de detención preventiva usada en el país. Esta decisión sienta un precedente muy importante al reconocer que la figura del arraigo socava el derecho a la libertad personal y derechos conexos, ya que permite detenciones infundadas.

Amnistía Internacional insta tanto a la Procuraduría General de la República y a las Procuradurías de Justicia estatales a que asuman dicha resolución en la práctica y dejen de solicitar el arraigo mientras investigan delitos. Es fundamental garantizar que la investigación preliminar de los delitos sea llevada a cabo sin violar derechos fundamentales de los implicados, como la presunción de inocencia.

El arraigo es un mecanismo que ha promovido malas prácticas en la investigación penal y crea un contexto en que la persona investigada es sujeta a una detención disfrazada por parte del Ministerio Público, sin un debido control judicial - el arraigado no tiene que ser presentado ante un juez. Amnistía Internacional ha documentado varios casos en que el Ministerio Público limita el acceso del arraigado a su familia, a su abogado y a la atención médica. Esta situación fomenta el uso de la tortura, intimidación y coacción para presionar al arraigado y sacar confesiones, violando normas fundamentales para garantizar un juicio justo.

La decisión de la SCJN es un paso importante en el fortalecimiento de la protección de los derechos fundamentales en el proceso penal. Sin embargo una reforma fundamental del sistema es esencial si la protección de estos derechos, como la presunción de inocencia, van a ser consagrados y aplicados, para que exista un equilibrio real entre las facultades de defensa y acusación en el proceso penal. Tal reforma constitucional y legal será la única medida eficaz para proteger los derechos humanos, así como para fomentar las investigaciones prontas y eficaces del Ministerio Público.

Información de contexto

En México el arraigo ha evolucionado del arraigo domiciliario de una persona bajo investigación penal. Sin embargo, tanto la PGR como las Procuradurías de Justicia de los Estados han convertido el arraigo en una forma de detención preventiva con el uso de casas de seguridad o arraigo donde recluyen a las personas. Estos lugares son custodiados por policías judiciales y agentes del Ministerio Público, y sirven para confinar indiciados mientras llevan a cabo la investigación para recabar evidencia, incluyendo interrogatorios. El Ministerio Público puede solicitar el arraigo por 30 días (con posibilidad de renovación) a un juez con el argumento de que se sospecha que el indiciado pueda escapar de la justicia mientras concluya la averiguación previa, pero en muchas ocasiones el Ministerio Público no está obligado a sustentar este temor con argumentos objetivos.

El impacto de la decisión de la SCJN aún esta en cuestión, dado que todavía tiene que convertirse en plena jurisprudencia que será invocada por los tribunales en toda la nación.



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