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La insignia
25 de enero del 2004


Turquía

El gobierno podría ilegalizar al mayor sindicato de enseñanza


Amnistía Internacional, enero del 2005.



El mayor sindicato de Turquía, el Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza (Egitim Sen) corre peligro de ser clausurado en el juicio que se sigue actualmente por la afirmación que figura en sus estatutos de que trabajará en favor del derecho de las personas a recibir educación en su lengua materna. Mientras, manifestantes pacíficos contra el juicio han sido dispersados haciendo uso excesivo de la fuerza, y se han iniciado actuaciones legales contra los organizadores de las protestas.

Desde 2001 se han llevado a cabo numerosas reformas constitucionales y legales para armonizar las leyes turcas con las normas internacionales de derechos humanos. Si bien muchas leyes que en el pasado se utilizaron para silenciar a la sociedad han cambiado, aún puede encontrarse la forma de restringir los derechos a la libertad de asociación, reunión y expresión de los defensores de los derechos humanos, incluidos los sindicalistas.

Un ejemplo de ello es la reciente presión ejercida contra Egitim Sen. En junio de 2004 un tribunal laboral de Ankara inició un procedimiento para clausurar el sindicato por haberse negado a retirar de sus estatutos el objetivo de trabajar en favor de "[...] la defensa del derecho de las personas a recibir educación en su lengua materna". El fiscal de Ankara que inició el procedimiento alegó que este objetivo era contrario al artículo 42 de la Constitución turca, según el cual: "En los centros educativos y de enseñanza no se impartirá como lengua materna ningún otro idioma más que el turco a los ciudadanos turcos". El fiscal, por tanto, exigía la clausura del sindicato según la Ley de Procesamiento de Sindicatos de Funcionarios del Estado, según la cual las actividades y la administración de estos sindicatos no deben ser contrarias a la Constitución.

En septiembre, el tribunal rechazó la petición de clausura, decisión que sentó un hito y en la que se hacía mención a los derechos a la libertad de asociación y expresión establecidos en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (Convenio Europeo), del que Turquía es Estado Parte. Sin embargo, sorprendentemente el Tribunal de Apelaciones anuló este fallo en noviembre basándose en que la limitación de los derechos a la libertad de expresión y de reunión en éste y otros casos era necesaria para "[...] evitar actividades contrarias a la estructura unitaria del país como precaución obligatoria a fin de proteger la seguridad nacional y pública y el orden público". Si bien es cierto que el Convenio Europeo acepta algunos motivos para limitar estos derechos, ha subrayado reiteradamente en sus fallos que el Estado debe establecer de forma convincente la existencia de motivos pertinentes y suficientes, y que la limitación debe ser proporcionada.

A consecuencia de la decisión del Tribunal Supremo, el 10 de diciembre de 2004 se inició un nuevo juicio contra Egitim Sen en el Tribunal Laboral Número 2 de Ankara. La siguiente sesión del juicio será el 21 de febrero de 2005.

Mientras, se han bloqueado las protestas pacíficas contra el juicio. Según los informes, la policía hizo un uso desproporcionado de la fuerza, propinando golpes y empleando gases lacrimógenos para dispersar una manifestación de simpatizantes y miembros de Egitim Sen en Estambul el 8 de diciembre de 2004. El 27 de diciembre se abrió otro proceso en un tribunal de Ankara contra la dirección del sindicato por llevar a cabo una manifestación no autorizada contra el proceso el 13 de julio.

Información general

Egitim Sen es el mayor sindicato turco, con cerca de 200.000 miembros, profesores y trabajadores de la enseñanza. Fundado el 23 de enero de 1995, es miembro de la Internacional de la Educación y también de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL).

A pesar de las reformas del actual gobierno para mejorar los derechos de los ciudadanos en Turquía, sigue habiendo leyes que pueden utilizarse para restringir los derechos fundamentales, lo que demuestra la necesidad de más reformas legales y constitucionales. Donde con más claridad se ve esta necesidad es en el ámbito de los derechos lingüísticos de las minorías. En Turquía se hablan más de una treintena de lenguas. Si bien la Ley sobre la Educación y la Enseñanza de Lenguas Extranjeras se modificó el 9 de agosto de 2002 para permitir "el aprendizaje de diferentes idiomas y dialectos que utilizan tradicionalmente los ciudadanos turcos en su vida cotidiana", este derecho está sometido a numerosas restricciones. Por ejemplo, los idiomas sólo pueden enseñarse a adultos en cursos privados. La relatora especial de las Naciones Unidas sobre la Educación, Katarina Tomasevski, ha señalado la incoherencia que supone el hecho de que sea posible aprender un idioma extranjero (como el húngaro) en la universidad, pero que en ninguna universidad turca haya ningún departamento de lengua o literatura de ningún idioma minoritario.

La educación en la lengua materna está igualmente restringida. La Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, de las Naciones Unidas, dispone que todos los Estados miembros de la ONU adoptarán medidas adecuadas para que, siempre que sea posible, las personas pertenecientes a minorías tengan oportunidades adecuadas de aprender su lengua materna o de recibir enseñanza en ella. Sin embargo, como ha señalado la relatora especial, "[...] la mención de educación en lengua materna [en Turquía] se ve además como un peligro para la integridad territorial, lo cual traslada el tema del ámbito educativo para llevarlo al ámbito de la seguridad nacional. Considerar la multiplicidad lingüística un activo y no una amenaza es motivo de asombro. Los límites entre la seguridad nacional y la educación no están claramente definidos, y decisiones sobre cuestiones que pertenecen al ámbito de la educación pueden tomarse basándose en motivos de seguridad nacional, y no en su ventajas educativas" Es preciso tomar medidas para que estas cuestiones como el caso de Egitim Sen puedan debatirse libremente y para eliminar las restricciones de la enseñanza de idiomas minoritarios, modificando para ello el artículo 42 de la Constitución.



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