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La insignia
26 de septiembre del 2003


¿Qué estamos celebrando?


__Suplemento__
Cumbre de Cancún
Nora Uganda
CCS. España, septiembre del 2003.


Todos los años mueren por enfermedades infecciosas 14 millones de personas, cuando existe el conocimiento suficiente para adoptar políticas adecuadas que permitirían que muchos millones de personas siguieran con vida. Sin embargo, no se llevan a cabo, estamos desdeñando la vida de estas personas. Está claro que los 14 millones de personas ni pueden ni olvidan su realidad.

La alta prevalencia de las enfermedades, el impacto que éstas tienen en el desarrollo de los países y los bajos presupuestos de los que se dispone, hacen imprescindible un uso racional de los recursos que se tienen. Es decir, tener la posibilidad de comprar los medicamentos de calidad que se necesitan a los precios más bajos posibles y hacer de ésta una política clara y transparente.

Los países menos desarrollados no tienen obligación hasta 2016 de poner en vigor el Acuerdo ADPIC, que desde 1995 obliga a todos los miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) a conceder patentes para los procesos de fabricación y para los medicamentos. Tal acuerdo ha permitido a los gobiernos obviar las patentes por razones de salud pública, mediante la emisión de licencias obligatorias.

En la última reunión ministerial de la OMC en Doha, se declaró que los países "pueden y deben interpretar y aplicar el Acuerdo de los ADPIC de manera que apoye el derecho de los miembros de la OMC a proteger la salud pública, y en particular, a promover el acceso a los medicamentos para todos". Consta en la Declaración que los países tienen el derecho de conceder licencias obligatorias y la libertad de determinar las bases sobre las cuales se conceden tales licencias. Pero en la práctica, mientras que Estados Unidos nunca se ha privado de hacer uso de dichas medidas, todavía no hay ningún país en desarrollo que haya hecho uso de ellas.

En cuanto a los países que no tienen capacidad de producción local en el sector farmacéutico o ésta es insuficiente, necesitan importar medicamentos de otros países exportadores. ¿Cómo hacerlo? Es precisamente ésta la respuesta que la OMC tenía obligación de buscar desde hace dos años y la que encontró el pasado 30 de agosto.

Médicos sin Fronteras, otras organizaciones y algunos gobiernos hemos podido empezar a tratar a las personas con VIH/SIDA gracias a la existencia de versiones genéricas asequibles de medicamentos patentados en el mercado mundial. Comprobamos que los países que estimulan la competencia entre distintos productores (originales y genéricos) obtienen los mejores precios para los medicamentos de calidad de manera sostenible. Cuando el precio de la triterapia era de más de 10.000 dólares por persona y año tanto para los países ricos como para los pobres, fue un fabricante de genéricos quien en 2001 ofreció por primera vez la triterapia a 350 dólares. En este momento, de los 5,5 millones de personas que tienen VIH/sida y necesitan tratamiento, solamente 350.000 lo están recibiendo, la mitad de ellos en Brasil. Debería ser de fácil aplicación el acuerdo y garantizar un flujo de medicamentos asequibles a los países menos desarrollados.

El texto del acuerdo de la OMC, además de ser ambiguo, requiere que tanto el país importador como el exportador emitan licencias obligatorias, lo cual aumenta los procesos burocráticos, añade costes, no concede garantías para la producción de versiones genéricas de los medicamentos nuevos y es vulnerable a presiones políticas.

En 2005, cuando la normativa sobre la propiedad intelectual de la OMC se lleve a cabo en los países clave en la producción de genéricos, no será posible fabricar fuentes alternativas de nuevos medicamentos patentados. Las personas apenas tendrán opciones frente a los elevados precios y los monopolios a largo plazo de medicamentos patentados. Dentro de unos años este problema podría afectar no sólo a los antirretrovirales, sino también a nuevos medicamentos para la malaria, la hipertensión, el cáncer y otras enfermedades mortales. ¿Podemos llamar a esto solución?

El mencionado acuerdo es una solución temporal en espera de que se pueda efectuar a comienzos de 2004 una modificación formal sobre las normas de protección de la propiedad intelectual. Aunque se espera que esta modificación no sea más que una réplica de este reciente acuerdo, existe el espacio para preguntarse si éste es el sistema que debería hacerse permanente.

El motivo de celebración sería la aplicación de políticas que consiguen el acceso real de medicamentos a quienes los necesitan.


(*) Responsable de la campaña para el Acceso a Medicamentos Esenciales de Médicos sin Fronteras



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